España, además de por su buena calidad de vida y seguridad, es uno de los países de la Unión Europea que más facilita la apertura de nuevos pequeños negocios. Sin embargo, los empresarios deben prepararse correctamente antes de abrir su negocio, ya que este país es exigente en términos de documentación y burocracia. Esto puede dificultar el establecimiento rápido del negocio.
La creación de una empresa en España requiere que ésta esté constituida ante notario e inscrita en el Registro Mercantil. Por lo tanto, se deben completar los siguientes pasos:
- Si la sociedad se constituye por medio de representante, el fundador deberá otorgarle poder;
- Solicitud de Número de Identificación Fiscal (NIF) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) si la persona física es de otro país;
- Solicitud de certificado de autorización de denominación social;
- Apertura de cuenta bancaria para depositar aportes de capital, además de obtener certificación bancaria;
- Constitución de la sociedad ante notario, mediante la escritura de constitución y sus estatutos;
- Solicitar un NIF provisional para la empresa;
- Pago del impuesto de transferencia de propiedad;
- Inscripción de la empresa en el Registro Mercantil;
- Obtención del NIF definitivo de la empresa;
- Legalización del libro oficial de comercio;
- Por último, trámites fiscales y laborales.
nacionalidad empresario
Las normas para abrir una empresa en España también dependen de la nacionalidad del emprendedor. Si eres nacional de uno de los estados miembros de la Unión Europea, países pertenecientes al EEE o Suiza, el proceso es sencillo. Es decir, no requiere ninguna autorización ni documentación especial.
En caso contrario, deberá solicitar un permiso de trabajo en la embajada de España en su país de origen para poder trasladarse a España y abrir un negocio allí. Este permiso debe renovarse anualmente, sin embargo, transcurridos 5 años el empresario puede solicitar la condición de residente español.
Los empresarios extranjeros que quieran abrir su negocio en España deberán disponer de un Número de Identificación de Extranjero (NIE). Se trata de un número de identificación personal secuencial, único y exclusivo que debe figurar en todas las autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones o documentos que se presenten ante las autoridades fiscales españolas. Así, el NIE se puede solicitar en el país de origen del empresario o en la Comisaría General de Extranjería y Fronteras en España.
apertura empresa
El poder puede ser otorgado por persona con legitimación suficiente, a cualquier persona natural o jurídica. Si la persona que va a ceder el poder a otra es española, sólo necesita acudir a una notaría y no es necesaria la presencia o aprobación de la persona que recibirá el poder.
En cambio, en el caso de un extranjero, el poder normalmente se otorga en el país de origen. En este caso, la persona que transferirá el poder deberá acudir a una notaría y el poder deberá estar legalizado de acuerdo con el Convenio de Apostilla de La Haya de 1961, si el país en cuestión es miembro, en caso contrario se seguirán los procedimientos habituales de ese país. debe ser seguido. Además, es necesario que este juramento de poder sea traducido al español.
En relación con los documentos obligatorios para realizar este trámite, la persona que transferirá el poder deberá presentar una declaración de su autoridad y capacidad para otorgar el poder.
Documentos necesarios
El gobierno español es muy exigente en cuanto a la documentación necesaria para establecer una empresa en su país. A continuación se detallan los diversos documentos esenciales para un emprendedor:
- Poder: los fundadores deberán proporcionar un poder a la persona que creará la nueva empresa a su nombre en España;
- NIE o NIF para socios y administradores extranjeros;
- Certificado de autorización de denominación social: se debe realizar una solicitud al Registro Mercantil para determinar si la denominación ya existe o si se puede utilizar. Este certificado tiene una vigencia de tres meses y debe renovarse si la empresa no se constituye dentro del plazo estipulado, y durante estos meses ninguna otra empresa puede utilizar o postular bajo ese nombre;
- Certificado bancario: el importe a pagar al abrir una nueva empresa normalmente se deposita o transfiere a una cuenta bancaria abierta en España a nombre de la nueva empresa con las palabras “sociedad en proceso de constitución” añadidas;
- Documentos a presentar ante notario español: estatutos sociales de la nueva empresa, documentos legítimos de identificación de los fundadores de la empresa y declaración de inversión extranjera debidamente cumplimentada;
- Declaración de titularidad real: el notario deberá identificar a las personas físicas que posean o controlen, directa o indirectamente, más del 25% del capital o de los derechos de voto de las personas jurídicas involucradas, o que ejerzan, directa o indirectamente, control sobre la administración de estas. personas por otros medios;
- NIF provisional ante la Agencia Tributaria Española;
- Pago del impuesto de transferencia de propiedad y del impuesto de timbre;
- Documentación a presentar en el Registro Mercantil;
- CPF definitivo de la Agencia Tributaria Española;
- Legalización del libro oficial de comercio en el Registro Mercantil;
- Declaración oficial de inicio de actividad ante la Agencia Tributaria española, en su caso;
- Finalmente, alta en el sistema de seguridad social de la empresa, si corresponde.
los costos asociados
No hay ningún coste fijo al abrir una empresa en España. Este valor depende de varios factores, como el capital inicial de la nueva empresa, número de socios, entre otros.
El coste asociado al registro de la empresa ronda los 100€ y 150€. Sin embargo, hay otro tipo de gastos a tener en cuenta, como el pago del notario, que puede valer 150€ para una Sociedad Anónima o 300€ para una Sociedad Anónima. Cuando el capital social de una Sociedad Limitada no supera los 3.100 € y no se cumplen otros requisitos determinados, los honorarios de notario y registro se fijan en 60 € y 40 € respectivamente.
Así, un empresario puede ver su empresa oficialmente constituida según la ley española entre 15 y 30 días después de presentar todos los documentos necesarios en el Registro Mercantil.
Las tasas y los impuestos
Tras el inicio de las actividades económicas, la empresa deberá pagar impuestos. La cantidad de impuestos que deberá pagar la empresa depende de su tipo. A continuación se detallan los impuestos españoles más frecuentes:
impuesto de sociedades
Una tasa estándar del 25% con nuevas empresas recibiendo incentivos fiscales. Por tanto, en los dos primeros años sólo pagan el 15% de impuesto sobre los primeros 300.000€ de beneficio y el 20% sobre los beneficios superiores a esta cantidad.
Impuesto de renta
Impuesto nacional y regional que grava a todas las personas que trabajan o administran su propio negocio. A nivel nacional la tasa varía entre el 9,5 y el 22,5% mientras que por comunidades autónomas varía, siendo la tasa de Madrid la más baja y la de Cataluña la más alta.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Si bien algunas empresas están exentas de esta tasa, la gran mayoría debe pagar este impuesto. Normalmente se cobra el 21% de las utilidades de la empresa, pero sólo puede ser del 10% en el caso de ciertos productos médicos, farmacéuticos, eventos culturales, entre otros, o del 4% en el caso de alimentos, periódicos y otros servicios sociales.
Seguridad Social
Al igual que en otros países, es necesario cotizar a la seguridad social. Las sociedades y los autónomos contribuyen a razón de R$ 265 por mes, además de contribuciones adicionales si emplean a un asalariado. Por otro lado, en el caso de las sociedades anónimas las aportaciones se realizan a razón del 29,9% del salario de los empleados.